IMPORTANCIA
DEL MANEJO ÉTICO EN LOS TEMAS DE: CONSENTIMIENTO INFORMADO Y SECRETO
PROFESIONAL EN LA INTERACCIÓN ENTRE EL PSICOLÓGICO Y UN SISTEMA FAMILIAR.
El consentimiento informado, más que un derecho y
un deber, es un proceso dialógico en razón a que se establece entre psicólogo y
su usuario, un diálogo entre dos partes, y su objetivo es la búsqueda de
mecanismos y estrategias psicológicas en procura del bienestar del usuario
y garantizando que pueda ejercer su autonomía.
De acuerdo con las reglas del derecho, cada vez que
se establece una obligación de una parte, surgen unos derechos de la otra. En
ese sentido, las obligaciones del profesional de la psicología son los derechos
del usuario, y los deberes del usuario son los derechos del psicólogo.
Recuérdese que el artículo 36 de la Ley 1090 de 2006 establece los
deberes del psicólogo con las personas objeto de su ejercicio profesional. En
consecuencia, las personas objeto del ejercicio profesional, es decir, los
usuarios del psicólogo, son los recipiendarios de los derechos, y como
titulares de ese derecho, al psicólogo no le queda más que cumplirlos y
hacerlos cumplir. Por lo cual es de suma importancia siempre que se
realice una intervención no solo en el ambito familiar si no en cualquier
ambito informar a la persona sobre el proceso que se va a realizar y el fin de
la misma a través del consentimiento informado donde de forma voluntaria acepta
la persona.
En este caso el consentimiento informado se hace en
el ámbito familiar con el fin de informar sobre lo que se va a realizar (instrumento)
y con el objetivo de obtener información para el diagnósticos y
elaboración de una propuesta de Intervención y ejecución de la misma.
Katherin yohanna marin yate
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